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Nuevo plan de ordenanza medioambiental

Se está formando un poco de revuelo en las redes sociales y hay muchas personas que no tienen nada claro de que va esto del plan de movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que a partir del 2022, el gobierno va a ir ampliando a todas aquellas ciudades de más de 50.000 habitantes. Cada una de ellas ha de presentar un plan para establecer una Zona de Bajas Emisiones, y que debe entrar en vigor en breve.

Etiquetas de la DGT (en vigor desde 2018)


Dependiendo del coche que tengas, has de tener una etiqueta u otra. Si tu coche tiene una, puedes dejar de leer, pero si no dispone de ella, aquí empieza tu calvario hacia la … extinción.

__________________________ continuas

¿Cuáles son?, aquellos de motor gasolina que se hayan fabricado y matriculado antes del año 2.000, según norma Euro 3, y los diésel, fabricados y matriculados antes del año 2006, según norma Euro 4.


Barcelona, comienza todo

Hay un plan de rondas, desde el 1 de enero del 2020, que comprende 95 km2, y engloba toda la ciudad de Barcelona comprendida entre la Ronda de Dalt y la Ronda del Litoral, y parte o la totalidad de los municipios de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.
A no ser que haya episodios de alta contaminación, por defecto, no pueden entrar en esa zona vehículos con etiqueta A, vamos SIN ETIQUETA DGT, de 7:00 a 20:00 de lunes a viernes. El resto de horas y días sí.

Bueno pues la gente que no disponía de etiquetas, entró en colera, y les pareció una aberración descomunal. En ese momento, en Madrid el actual alcalde (J. L. Almeida), tumbó lo que hizo su antecesora Manuela Carmena; Madrid Zentral, pues era ilegal y antidemocrático. Pero resulta que ahora, no solo revive todo el Madrid Zentral, eso sí llamado Madrid 360, sino que lo quiere ampliar a todo Madrid, "hasta el infinito y más alláaaaa....".

El pasado 20 de agosto de 2021, se presentó la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid 360. Que va entrar en vigor, si nadie lo remedia, a partir del 1 de enero del 2021. Vamos a ver si conseguimos poner algo de claridad a lo que han anunciado y que así lo tengas claro, si tienes un coche sin etiqueta DGT.

En Madrid, a lo grande

¿A quién afecta?
En 2017, los turismos A representaron el 18% de los recorridos. Pero son el 30% del parque automovilístico. Ese mismo año, según datos de la DGT, aparecían registrados 315.477 vehículos sin distintivo ambiental censados en Madrid capital. Aunque según otros registros, dentro de la Comunidad de Madrid, podríamos estar hablado de entre 700.000 y 900.000.
Quieren que a partir del año 2.025, vamos en 3 años, que desaparezcan todos o al 93%, por lo menos.

También se quieren eliminar TODAS las calderas de carbón en la ciudad a partir del 1 de enero de 2022 y se pretende eliminar el 50% de las que funcionan por gasóleo en 8 años.  Veremos a ver. Porque cuando cayó la famosa nevada Filomena, hubo alarmas de contaminación y creo que excepto los servicios urgentes y los todo terrenos rescatando a gente, no había muchos coches más rulando.

Quedan excluidos los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar a personas con movilidad reducida (minusválidos) y los vehículos que tengan reconocida la consideración de Históricos (RVH) conforme a los dispuesto en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio. Los vehículos con cualquier etiqueta, de alta ocupación, pueden acceder al distrito centro, sin problemas. Especialmente los de Servico Público.

Por ejemplo, un coche del año 1.998, que no tenga la placa de Histórico, porque no tiene 30 años, a partir del 1 de enero de 2025, no podrá pisar dentro de la M-30, incluida, sea residente o no. Y con alta probabilidad dentro de la M-50 (apreciación personal). Te recuerdo que hacer un coche histórico, requiere de varios procesos, entre ellos tener 30 o más años, que lo consideren histórico, según su catálogo, que esté original al menos al 90% y pagar cerca de 1.000€ en papeleos y tramites.

Existirán tres zonas

ZBE: Zona de Bajas Emisiones, que abarca lo que antes era Madrid Zentral y ahora es Madrid 360, vamos todo el distrito centro de Madrid, y donde se prohíbe la circulación y aparcamiento de coches y motos sin etiqueta. Excepto los ZERO y ECO, sólo puedes aparcar en párkines públicos o privados.

ZBEDEP: Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, que incluye el distrito centro y la Plaza Elíptica, en concreto las siguientes vías: calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.

Pero que sepas que los vehículos que accedan a la ZBEDEP Plaza Elíptica para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria en un centro situado en el interior de dicha ZBEDEP, así como a los alumnos de secundaria cuyas necesidades así lo exijan, podrán acceder y circular por esta ZBEDEP hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo aquellos vehículos que se vean afectados por el apartado 2.b) de la disposición transitoria primera que podrán hacerlo exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2023.


Madrid ZBE: Madrid Zona de Bajas Emisiones, que abarca la totalidad de las vías, dentro del término municipal de la ciudad de Madrid. Todos los barrios que actualmente componen la capital de Madrid. Esto incluye algunas zonas cerca de la M-40, M-45 y M.50.

Esto de momento, pues están previstas 9 ZBECEP próximamente, ¡ah! y ampliar a los barrios de fuera de la M-30, la zona SER. Si lo demandan.


Plazos
El calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos turismos que no dispongan de etiqueta DGT, y estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento es el siguiente:
  • Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Excepto si eres residente dentro de esa zona.
  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30. Excepto si eres residente.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE. Excepto si eres residente.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los A de Madrid. Aunque seas residente, un coche sin etiqueta no puede pisar la M-30 ni entrar.
Estas restricciones no afectan a taxis y VTC, que si tienen etiqueta de la DGT, pueden circular y aparcar por donde quieran y a los coches con placa VH.
Hay que tener en cuenta, que está pendiente de aprobación, después de las alegaciones, para poner en marcha el Madrid ZBE.

Plataforma de afectados por la DGT
Existe una plataforma de propietarios de vehículos afectados por la movilidad en España, los "sin etiqueta DGT" y no son históricos, que están realizando movilizaciones para que se les oiga y no se les obligue a destruir su coche. Que plantean alternativas reales, que no sea; tu coche al desguace, o te cambias de casa, o lo aparcas fuera de la M-50. Esperan poder ser de las alegaciones que no escucha el Ayuntamiento de Madrid y ser un referente para otras Comunidades.
 

Muchos de ellos tienen un coche de más de 25 años, que quieren disfrutar de él, y muy seguramente no lo van a meter dentro de la M-30, y otros con más de 15 años, y no disponen de economía para cambiarlo por un ECO o CERO.

Límites de velocidad
Aprovechamos esta publicación para recordar que además de estas restricciones de movilidad y acceso, hay nuevos límites de velocidad:
  • 20km/h: en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30km/h: en vías urbanas de un único carril por sentido de circulación. No obstante, cuando estas vías formen parte de la Red Básica de Transportes, se podrá aumentar este límite hasta los 50km/h mediante señalización específica.
  • 50km/h: en vías urbanas de dos o más carriles por sentido de circulación. No serán contabilizados, a estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o de uso exclusivo de transporte público, vamos el carril BUS y el carril bici (30km/h)
El incumplimiento de esta prohibición constituye infracción leve en materia de tráfico, que se sancionará con 100€ o 50€ con pronto pago.

Texto integro del plan (186 pág.) : proyecto_inicial_ordenanza_20210527.pdf (madrid.es)

Fdo.: Alberto Lorenzo
Septiembre 2021

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